Artículo 2: "El profesional inmobiliario tiene la obligación de estar al tanto
del desenvolvimiento de los distintos factores, leyes y condiciones que
actúan en el desarrollo urbano,[...]; así como de la situación del mercado,
el entorno económico y de negocios del sector; los nuevos adelantos,
tecnologías, innovaciones, métodos y modelos de gestión que representen
un efectivo valor agregado a los intereses de los clientes y usuarios,
el gremio y la comunidad en general,"
Puede obtener más información sobre nuestro #CódigoDeÉtica a través de:
comiteetica@cim.org.ve / Fuente: Cámara Inmobiliaria Metropolitana